Libertad de Enseñanza
LA nueva LOE es manisfiestamente mejorable. Yo soy partidario de la vieja usanza docente pero...Lo que trae a mal traer a las derechas es la dichosa libertad de enseñanza. Un invento de Don Sturzzo, la DEmocracia Crsitiana y el Vaticano que fue colado de rondón en el texto Constitucional de 1978 como algo capital. Este presunto derecho fundamental se crea ex nihilo de la derivación tergiversada de la libertad de cátedra con el pretendido derecho de los padres a eligir la enseñanza que quieran para sus hijos. Pero es un falacia monumental, es una imposición de la Iglesia a sus fieles para que sigan bajo su admonición y no perder el monopolio de las enseñanzas y conciencias.
El Estado moderno y racional se basa en un Servicio Público de enseñanza que es garantía de igualdad y libertad y neutralidad para todos. Debe ser exigente y de alta calidad para promocionar a los menos favorecidos. La libertad de enseñanza presunta es el ghetto moral que quiere contar con la bendición de los dineros públicos.
El Gobierno es elegido, en democracia por todos, y por tanto el garante de la libertad de todos. El quejido lamentoso de la jerarquía es por la pérdida de clientela en la catequesis y que quiere imponer so capa de enseñanza moral y escuela concertada. Los valores son los que la familia inculca en casa y la minima moralia ciuidadana que el Estado en la escuela pública imparte como garantía de igualdad.
Por cierto si hubiera un gobierno decente en España impuganaría los Acuerdos de 1979 con la Santa Sede. No es ni moral que una confesión religiosa seleccione para impartir una asiganatura de conocimiento religioso con condiciones no constitucionales y entre en le fondo de su vida personal con fondos públicos. Es necesario un recurso ante el Constitucional-dónde están los jueces tan valientes como la de Denia para una cuestión de inconstitucionalidad sobre esta materia en procesos laborales perdidos una y otra vez por los obispados- y tras su sentencia, la denuncia según el convenio de Viena de 1969; y hala a negociar con Monteiro Castro un concordato decente y constitucional
El Estado moderno y racional se basa en un Servicio Público de enseñanza que es garantía de igualdad y libertad y neutralidad para todos. Debe ser exigente y de alta calidad para promocionar a los menos favorecidos. La libertad de enseñanza presunta es el ghetto moral que quiere contar con la bendición de los dineros públicos.
El Gobierno es elegido, en democracia por todos, y por tanto el garante de la libertad de todos. El quejido lamentoso de la jerarquía es por la pérdida de clientela en la catequesis y que quiere imponer so capa de enseñanza moral y escuela concertada. Los valores son los que la familia inculca en casa y la minima moralia ciuidadana que el Estado en la escuela pública imparte como garantía de igualdad.
Por cierto si hubiera un gobierno decente en España impuganaría los Acuerdos de 1979 con la Santa Sede. No es ni moral que una confesión religiosa seleccione para impartir una asiganatura de conocimiento religioso con condiciones no constitucionales y entre en le fondo de su vida personal con fondos públicos. Es necesario un recurso ante el Constitucional-dónde están los jueces tan valientes como la de Denia para una cuestión de inconstitucionalidad sobre esta materia en procesos laborales perdidos una y otra vez por los obispados- y tras su sentencia, la denuncia según el convenio de Viena de 1969; y hala a negociar con Monteiro Castro un concordato decente y constitucional
Comentario:
Hola a todos, ¡¡¡sigo en Ibiza!!!, yupiie, un muacss a todo@s los sesudos.
Comentario:
ME quiere explicar en esos dos artículos dónde se encuentra el drecho de los padres a la elección de centro o nel Constitución. Por cierto de admiración por la Cosntitución Americana se trata de la fallida de 1873.
Espero que no piense que esoty a favor de la LOE, mi modelo educativo es muy otro.
1.Escuela pública y unificada
2. Los ´titulos de la escuela privada-bachillerato y graduado escolar- requieren convalidación por medio de un examen de Estado
3. Doyación presupuestaria elevada
4. Cuerpo de directores
5. Bachillerato de 5 años, recuperación de las humanidades
6.Formación profesional desde los 13 años
7.Reválidas a los 10, 13,16 y 18 años, con examenes de Estado
8.Disciplina y seriedad, exigencia. No promoción automática.Necesidad de aprobar todas menos una para promocionar.Ratios reales de 20 alumnos por Aula. Integración de inmigrantes con aulas especiales de refuerzo en areas de comprensión lingüistica.
9. cuerpo de catedráticos de bachillerato
10.Enseñanza de la religión confesional extracurricular
11.Enseñanza de Historia de las religiones
12.Enseñanza de ética ciudadana
13.Consejo Escolar consultivo subordianado al claustro de profesores y todos al direcctor nombrado por las autoridades públicas de entre un cuerpo funcionarial
14. La Escuela Pública, es de los poderes públicos que a su vez son elgidos por los ciudadanos, leugo la escuela de los cuidadanos
15.Acceso a la Universidad tras la reváliada, pruebas por facultades y distrito único
16. es decir un estado que se toma en seiro a sí mismo y no deja en manos de no profesionales la enseñanza, o mejor lo que se decái en tiempos de la primera y segunda república, Instrucción Pública.
Como habrá visto nada qeu ver con la LOE
Espero que no piense que esoty a favor de la LOE, mi modelo educativo es muy otro.
1.Escuela pública y unificada
2. Los ´titulos de la escuela privada-bachillerato y graduado escolar- requieren convalidación por medio de un examen de Estado
3. Doyación presupuestaria elevada
4. Cuerpo de directores
5. Bachillerato de 5 años, recuperación de las humanidades
6.Formación profesional desde los 13 años
7.Reválidas a los 10, 13,16 y 18 años, con examenes de Estado
8.Disciplina y seriedad, exigencia. No promoción automática.Necesidad de aprobar todas menos una para promocionar.Ratios reales de 20 alumnos por Aula. Integración de inmigrantes con aulas especiales de refuerzo en areas de comprensión lingüistica.
9. cuerpo de catedráticos de bachillerato
10.Enseñanza de la religión confesional extracurricular
11.Enseñanza de Historia de las religiones
12.Enseñanza de ética ciudadana
13.Consejo Escolar consultivo subordianado al claustro de profesores y todos al direcctor nombrado por las autoridades públicas de entre un cuerpo funcionarial
14. La Escuela Pública, es de los poderes públicos que a su vez son elgidos por los ciudadanos, leugo la escuela de los cuidadanos
15.Acceso a la Universidad tras la reváliada, pruebas por facultades y distrito único
16. es decir un estado que se toma en seiro a sí mismo y no deja en manos de no profesionales la enseñanza, o mejor lo que se decái en tiempos de la primera y segunda república, Instrucción Pública.
Como habrá visto nada qeu ver con la LOE
Comentario:
ME quiere explicar en esos dos artículos dónde se encuentra el drecho de los padres a la elección de centro o nel Constitución. Por cierto de admiración por la Cosntitución Americana se trata de la fallida de 1873.
Espero que no piense que esoty a favor de la LOE, mi modelo educativo es muy otro.
1.Escuela pública y unificada
2. Los ´titulos de la escuela privada-bachillerato y graduado escolar- requieren convalidación por medio de un examen de Estado
3. Doyación presupuestaria elevada
4. Cuerpo de directores
5. Bachillerato de 5 años, recuperación de las humanidades
6.Formación profesional desde los 13 años
7.Reválidas a los 10, 13,16 y 18 años, con examenes de Estado
8.Disciplina y seriedad, exigencia. No promoción automática.Necesidad de aprobar todas menos una para promocionar.Ratios reales de 20 alumnos por Aula. Integración de inmigrantes con aulas especiales de refuerzo en areas de comprensión lingüistica.
9. cuerpo de catedráticos de bachillerato
10.Enseñanza de la religión confesional extracurricular
11.Enseñanza de Historia de las religiones
12.Enseñanza de ética ciudadana
13.Consejo Escolar consultivo subordianado al claustro de profesores y todos al direcctor nombrado por las autoridades públicas de entre un cuerpo funcionarial
14. La Escuela Pública, es de los poderes públicos que a su vez son elgidos por los ciudadanos, leugo la escuela de los cuidadanos
15.Acceso a la Universidad tras la reváliada, pruebas por facultades y distrito único
16. es decir un estado que se toma en seiro a sí mismo y no deja en manos de no profesionales la enseñanza, o mejor lo que se decái en tiempos de la primera y segunda república, Instrucción Pública.
Como habrá visto nada qeu ver con la LOE
Espero que no piense que esoty a favor de la LOE, mi modelo educativo es muy otro.
1.Escuela pública y unificada
2. Los ´titulos de la escuela privada-bachillerato y graduado escolar- requieren convalidación por medio de un examen de Estado
3. Doyación presupuestaria elevada
4. Cuerpo de directores
5. Bachillerato de 5 años, recuperación de las humanidades
6.Formación profesional desde los 13 años
7.Reválidas a los 10, 13,16 y 18 años, con examenes de Estado
8.Disciplina y seriedad, exigencia. No promoción automática.Necesidad de aprobar todas menos una para promocionar.Ratios reales de 20 alumnos por Aula. Integración de inmigrantes con aulas especiales de refuerzo en areas de comprensión lingüistica.
9. cuerpo de catedráticos de bachillerato
10.Enseñanza de la religión confesional extracurricular
11.Enseñanza de Historia de las religiones
12.Enseñanza de ética ciudadana
13.Consejo Escolar consultivo subordianado al claustro de profesores y todos al direcctor nombrado por las autoridades públicas de entre un cuerpo funcionarial
14. La Escuela Pública, es de los poderes públicos que a su vez son elgidos por los ciudadanos, leugo la escuela de los cuidadanos
15.Acceso a la Universidad tras la reváliada, pruebas por facultades y distrito único
16. es decir un estado que se toma en seiro a sí mismo y no deja en manos de no profesionales la enseñanza, o mejor lo que se decái en tiempos de la primera y segunda república, Instrucción Pública.
Como habrá visto nada qeu ver con la LOE
Comentario:
Sr.Amfortas, me "mienta usted la madre",que dirían los hermanos mejicanos,cuando se sirve de la CE de 1869.
Sinceramente debe de ser que mis entendederas ya no dan más de sí,pero yo ya no le sigo su razonamiento.Pues el único hilo conductor que le encuentro responde a prejuicios y no a razones.
Le decía que como nombra la constitución de la gloriosa,yo le saco unos breves apuntes,y si puede ser,usted me los glosa,ya que hasta ahora el argumentario que yo le he seguido no se compadece en nada con la liberalidad de 1869.
Y dice la CE probablemente más democrática y liberal de nuestra historia-precisamente por su declarada admiración de la norteamericana de 1787-:
"La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión católica.
El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España,sin más limiteciones que las reglas universales de la moral y del derecho.
Si algunos españoles profesasen otra religión que la católica,es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el capitulo anterior."
Y hay más,esto es incluso mejor:
"Todo español podrá fundar y mantener establecimientos de instrucción o de educación,sin previa licencia,salvo la inspección de la autoridad competente por razones de higiene y moralidad."
En fin ,yo, tal como se están poniendo las cosas, ya casi le diría que firmaba esto ahora mismo. ¿ Y usted?,ya que lo ha utilizado como argumento de autoridad, me podría glosar esto un poco y ponerlo en relación con su postura respecto a la nueva LOE.Iluminenos,si es tan amable.
P.D.La verdad, no sé en qué minorías piensa usted que pensaríamos nosotros...los pre-juicios se acaban convirtiendo en malos hábitos.
Sinceramente debe de ser que mis entendederas ya no dan más de sí,pero yo ya no le sigo su razonamiento.Pues el único hilo conductor que le encuentro responde a prejuicios y no a razones.
Le decía que como nombra la constitución de la gloriosa,yo le saco unos breves apuntes,y si puede ser,usted me los glosa,ya que hasta ahora el argumentario que yo le he seguido no se compadece en nada con la liberalidad de 1869.
Y dice la CE probablemente más democrática y liberal de nuestra historia-precisamente por su declarada admiración de la norteamericana de 1787-:
"La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión católica.
El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España,sin más limiteciones que las reglas universales de la moral y del derecho.
Si algunos españoles profesasen otra religión que la católica,es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el capitulo anterior."
Y hay más,esto es incluso mejor:
"Todo español podrá fundar y mantener establecimientos de instrucción o de educación,sin previa licencia,salvo la inspección de la autoridad competente por razones de higiene y moralidad."
En fin ,yo, tal como se están poniendo las cosas, ya casi le diría que firmaba esto ahora mismo. ¿ Y usted?,ya que lo ha utilizado como argumento de autoridad, me podría glosar esto un poco y ponerlo en relación con su postura respecto a la nueva LOE.Iluminenos,si es tan amable.
P.D.La verdad, no sé en qué minorías piensa usted que pensaríamos nosotros...los pre-juicios se acaban convirtiendo en malos hábitos.
Comentario:
1. Un Gobierno es decente cuando cumple con sus obligaciones entre ellas la de cumplir con la ley y someterese a la Constitución. Ustedes son lo bastante intelignetes para saber qeu los acuerdos del 79 son inconstitucionales; pues bien hasta que no se denuncien no serán decentes los gobiernos de España.
2.Es evidente que el monopolio de la enseñanza pública es un invento del siglo XIX, pero surge como aspiración revolucionaria y garantía de Igualdad frente al monopolio eclesiástico, es misión del Estado instruir a sus ciudadanos como garantía de Igualdad. El Estado Fucniona con isntituciones y se gobierna, al menos en le tan amado occidente por Gobierno demovcráticos elegidos por todos; en estos que son fruto de la decisión cuidadana, y por tanto no ajena a los propios habitantes recae la misión de en nombre de todos instruir, que no edudar a todos.
3.Los padres tiens la misión de educar el Estado de Instruir a todos como garantía de Igualdad
4. Por suspuesto que los derechos son concreciones de las aspiraciones éticas que los Estados dan forma con contenido de garantías institucionales. Sin embargo unos derechos se materializan como aspiración de uan minoría y otros con vocación universal, los primeros son espúreos, los segundos no.(Antes de que se lancen en tromba sobre los derechos de las minorías, al que ustedes creen que me refiero es un derecho con vocación de universalidad) En el otro fiel de la balanza, el derecho de libertad de elección de centro es una espúrea prolongación del monopolio de enseñaza de la Iglesia,q aunque algunos liberales (curiosamente no en el siglo XIX) reclaman noes un derecho liberal. Leanse cosnmtituciones 1869 Española y proyecto de 1873, el catálogo más liberal de derehos
4. Por último el Estodo nos protege de lso troso y de sus abusos y los tribunales de propio estado
2.Es evidente que el monopolio de la enseñanza pública es un invento del siglo XIX, pero surge como aspiración revolucionaria y garantía de Igualdad frente al monopolio eclesiástico, es misión del Estado instruir a sus ciudadanos como garantía de Igualdad. El Estado Fucniona con isntituciones y se gobierna, al menos en le tan amado occidente por Gobierno demovcráticos elegidos por todos; en estos que son fruto de la decisión cuidadana, y por tanto no ajena a los propios habitantes recae la misión de en nombre de todos instruir, que no edudar a todos.
3.Los padres tiens la misión de educar el Estado de Instruir a todos como garantía de Igualdad
4. Por suspuesto que los derechos son concreciones de las aspiraciones éticas que los Estados dan forma con contenido de garantías institucionales. Sin embargo unos derechos se materializan como aspiración de uan minoría y otros con vocación universal, los primeros son espúreos, los segundos no.(Antes de que se lancen en tromba sobre los derechos de las minorías, al que ustedes creen que me refiero es un derecho con vocación de universalidad) En el otro fiel de la balanza, el derecho de libertad de elección de centro es una espúrea prolongación del monopolio de enseñaza de la Iglesia,q aunque algunos liberales (curiosamente no en el siglo XIX) reclaman noes un derecho liberal. Leanse cosnmtituciones 1869 Española y proyecto de 1873, el catálogo más liberal de derehos
4. Por último el Estodo nos protege de lso troso y de sus abusos y los tribunales de propio estado
Comentario:
Querido Amfortas,
1. Hasta donde alcanzan mis pobres conocimientos históricos, la educación, incluso la institucionalizada -La Academia, el peripato, la stoa, por mentar sólo a los griegos- existe antes que la estatalización de la educación. Lo que el Estado hace muy posteriormente, por ejemplo en Francia con Jules Ferry, es: primero, establecer su obligatoriedad hasta determinada edad; y segundo, proveer los medios para su gratuidad. Dicho de otro modo, la libertad de enseñanza, incluso la libertad de no enseñanza -hoy prohibida en nuestro Estado afortunadamente- precede algo así como treinta siglos, en números gordos, a la Constitución española de 1978.
2. Quiere un modelo educativo. Aquí tiene uno, el Estado divide su presupuesto educativo entre los escolares y el resultado se lo entrega a sus respectivos progenitores o tutores. Estos con esos recursos envían a su hijo a estudiar donde les de la real gana, dentro y fuera de su propio país. Todos los años el Estado realiza una evaluación objetiva de los escolares, con objeto de que puedan avanzar en su currículum escolar, y el Estado les siga financiando, y otra de los centros. Dicha información es pública, con restricciones por lo que se refiere a los datos particulares, no para las estadísticas globales y los resultados de los centros. Los centros que puedan beneficiarse de estos recursos escolares deberán atenerse todos a principios generales, como el de no discriminación -lo que llevaría causa penal de sus administradores, amén de las sanciones administrativas y civiles-, igualdad ante la ley, interdicción de la apología del terrorismo y de la xenofobia, interdicción de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes... Son libres sin embargo para fijar los itinerarios curriculares y hacer uso de los métodos docentes que consideren oportunos. No obstante, anualmente, sus alumnos serán analizados objetivamente respecto a los contenidos adquiridos en una serie de campos -lengua materna, lengua extranjera, lenguaje matemático y algunos otros, pero poco más. Si se produjeran disfunciones objetivas del sistema, vg. no existen centros para alumnos discapacitados, o lejanía excesiva de determinadas poblaciones respecto a los centros más cercanos, el Estado intervendrá, bien incrementando los recursos financieros de los afectados, con el fin de estimular la oferta de tales servicios, bien creando centros propios si falla el método anterior. Fin de la regulación.
3. En el sentido en que usted utiliza el término -ex nihilo-, es decir, como sinónimo de originado en un momento determinable de la historia de la humanidad, todos los derechos nacen "ex nihilo". El problema es que hace usted un uso incorrecto del latín y del español. Los derechos surgen en la historia. Por supuesto. Y se originan apartir de una multiplicidad de factores. Sin embargo, ni siquiera la determinación de dichos factores es un principio axiológico indiscutible para emitir un juício valorativo sobre los mentados derechos en tanto que tales. por ejemplo, los comunistas, gente poco realista pero visceralmente racionalista, afirmaban que la constatación de la mayor eficiencia económica de los cercamientos y otras formas primarias de apropiación excluyente de las cosas, no era razón indiscutible de la legitimidad del derecho a la propiedad. A dicha pretensión de legitimidad "ad originem" le eran oponibles constataciones ulteriores de los efectos de tal derecho sobre la injusticia social que creaban, la alienación a que daban lugar, la explotación masiva del hombre por el hombre que se seguía del mismo, etc.
4. Por lo que se refiere a los acuerdos España-Santa Sede, me preocupa una cosa. Si un gobierno los denuncia, según usted, es decente, sino es indecente. la pregunta es ¿Y si es un gobierno democrático que siguiendo la opinión manifestada en urnas de su pueblo se ve consecuentemente concernido a no denunciarlos?. O dicho de otra manera, lo que me preocupa es que usted crea, que para un gobierno es más importante la obtención del título de decencia cum laude que usted le pueda otorgar, que ser democrático en el sentido de la regla bobbiana de la mayoría.
1. Hasta donde alcanzan mis pobres conocimientos históricos, la educación, incluso la institucionalizada -La Academia, el peripato, la stoa, por mentar sólo a los griegos- existe antes que la estatalización de la educación. Lo que el Estado hace muy posteriormente, por ejemplo en Francia con Jules Ferry, es: primero, establecer su obligatoriedad hasta determinada edad; y segundo, proveer los medios para su gratuidad. Dicho de otro modo, la libertad de enseñanza, incluso la libertad de no enseñanza -hoy prohibida en nuestro Estado afortunadamente- precede algo así como treinta siglos, en números gordos, a la Constitución española de 1978.
2. Quiere un modelo educativo. Aquí tiene uno, el Estado divide su presupuesto educativo entre los escolares y el resultado se lo entrega a sus respectivos progenitores o tutores. Estos con esos recursos envían a su hijo a estudiar donde les de la real gana, dentro y fuera de su propio país. Todos los años el Estado realiza una evaluación objetiva de los escolares, con objeto de que puedan avanzar en su currículum escolar, y el Estado les siga financiando, y otra de los centros. Dicha información es pública, con restricciones por lo que se refiere a los datos particulares, no para las estadísticas globales y los resultados de los centros. Los centros que puedan beneficiarse de estos recursos escolares deberán atenerse todos a principios generales, como el de no discriminación -lo que llevaría causa penal de sus administradores, amén de las sanciones administrativas y civiles-, igualdad ante la ley, interdicción de la apología del terrorismo y de la xenofobia, interdicción de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes... Son libres sin embargo para fijar los itinerarios curriculares y hacer uso de los métodos docentes que consideren oportunos. No obstante, anualmente, sus alumnos serán analizados objetivamente respecto a los contenidos adquiridos en una serie de campos -lengua materna, lengua extranjera, lenguaje matemático y algunos otros, pero poco más. Si se produjeran disfunciones objetivas del sistema, vg. no existen centros para alumnos discapacitados, o lejanía excesiva de determinadas poblaciones respecto a los centros más cercanos, el Estado intervendrá, bien incrementando los recursos financieros de los afectados, con el fin de estimular la oferta de tales servicios, bien creando centros propios si falla el método anterior. Fin de la regulación.
3. En el sentido en que usted utiliza el término -ex nihilo-, es decir, como sinónimo de originado en un momento determinable de la historia de la humanidad, todos los derechos nacen "ex nihilo". El problema es que hace usted un uso incorrecto del latín y del español. Los derechos surgen en la historia. Por supuesto. Y se originan apartir de una multiplicidad de factores. Sin embargo, ni siquiera la determinación de dichos factores es un principio axiológico indiscutible para emitir un juício valorativo sobre los mentados derechos en tanto que tales. por ejemplo, los comunistas, gente poco realista pero visceralmente racionalista, afirmaban que la constatación de la mayor eficiencia económica de los cercamientos y otras formas primarias de apropiación excluyente de las cosas, no era razón indiscutible de la legitimidad del derecho a la propiedad. A dicha pretensión de legitimidad "ad originem" le eran oponibles constataciones ulteriores de los efectos de tal derecho sobre la injusticia social que creaban, la alienación a que daban lugar, la explotación masiva del hombre por el hombre que se seguía del mismo, etc.
4. Por lo que se refiere a los acuerdos España-Santa Sede, me preocupa una cosa. Si un gobierno los denuncia, según usted, es decente, sino es indecente. la pregunta es ¿Y si es un gobierno democrático que siguiendo la opinión manifestada en urnas de su pueblo se ve consecuentemente concernido a no denunciarlos?. O dicho de otra manera, lo que me preocupa es que usted crea, que para un gobierno es más importante la obtención del título de decencia cum laude que usted le pueda otorgar, que ser democrático en el sentido de la regla bobbiana de la mayoría.
Comentario:
1.La nueva LOE es bozofia deseducativa,como lo era su hermana mayor la LOGSE,y que solo cumple una función:asilvestrar y emborronar mentes que serán más dúctiles a los prohombres omniscientes y liberticidas.
2.Usted se nos declara admirador de florido pensil,pero...si para cagarse en esa derecha que se han inventado hay que disparatar,pues a desbarrar y punto.
3.El art.27 de la CE le parece una gilipollez,bueno está.Pero nos dice que es un falso derecho ex nihilo,como al parecer también lo es el derecho al matrimonio. Yo creía que para usted no había relación factica entre los llamados derechos "naturales" o fundamentales y su plasmación jurídica. Al igual que, sugún usted,tampoco la hay entre el poder constituyente y el poder constituido. Usted profesa el creacionismo para el Estado de Derecho y sólo reconoce como derechos los que concede el poder constituido. Y así se permite decir qué derechos son ex nihilo y cuales no,pero es que para usted sólo son derechos los que nacen ex propia mentis,los fetén.
4.Y luego nos regala esta perla " el Gobierno es el garante de la libertad de todos".¿Como el gobierno del Fürher era el garante de los derechos de todos los alemanes?¿o el de Mussolini de los de todos los italianos?No,no,seguro que no,usted se refería a los derchos de los "ciudadanos" soviéticos garantizados por papaito Stalin.
Los derechos en un Estado democrático los garantizan los jueces, o en la bastarda interpretación continental-napoleónica,las leyes, como expresión de la voluntad general,pero en ningún caso el ejecutivo.Por cierto,¿le garantizaba sus derechos hace unpar de años D.Jose María Aznar?
5.Además,niega el derecho a que los padres ejerzan el derecho a educar a los hijos como les plazca,quizá usted querría que la patria potestad fuera directamente del Estado y que éste omniscientemente proveyera educación o reeducación-según se tercie.
6.En cuanto a los acuerdos Iglesia-Estado del 79,denuncielos,no seré yo quien se lo critique.Proclamese un estado totalmente separado de cualquier confesión,y con libertad absoluta de profesar libremente cualquiera,al estilo USA.Pero luego nos se nos quejen si la gente prefiere asociarse con los "Christian reborn" o escuchar los espirituales negros el domingo en misa,en lugar de escucahar a los predicadores y falsos profetas del prgresismo y el "estado social".... a no ser que en lo que usted este pensando sea en esa otra cosa.
7. Y lo que usted está pensando,tiene un nombre y unos apellidos.Sr.Amfortas,mejor nos lo dice abiertamente,y nos ahorramos las falsa invocaciones a las libertades y los derechos,en fin, esas molestas sutilezas....
2.Usted se nos declara admirador de florido pensil,pero...si para cagarse en esa derecha que se han inventado hay que disparatar,pues a desbarrar y punto.
3.El art.27 de la CE le parece una gilipollez,bueno está.Pero nos dice que es un falso derecho ex nihilo,como al parecer también lo es el derecho al matrimonio. Yo creía que para usted no había relación factica entre los llamados derechos "naturales" o fundamentales y su plasmación jurídica. Al igual que, sugún usted,tampoco la hay entre el poder constituyente y el poder constituido. Usted profesa el creacionismo para el Estado de Derecho y sólo reconoce como derechos los que concede el poder constituido. Y así se permite decir qué derechos son ex nihilo y cuales no,pero es que para usted sólo son derechos los que nacen ex propia mentis,los fetén.
4.Y luego nos regala esta perla " el Gobierno es el garante de la libertad de todos".¿Como el gobierno del Fürher era el garante de los derechos de todos los alemanes?¿o el de Mussolini de los de todos los italianos?No,no,seguro que no,usted se refería a los derchos de los "ciudadanos" soviéticos garantizados por papaito Stalin.
Los derechos en un Estado democrático los garantizan los jueces, o en la bastarda interpretación continental-napoleónica,las leyes, como expresión de la voluntad general,pero en ningún caso el ejecutivo.Por cierto,¿le garantizaba sus derechos hace unpar de años D.Jose María Aznar?
5.Además,niega el derecho a que los padres ejerzan el derecho a educar a los hijos como les plazca,quizá usted querría que la patria potestad fuera directamente del Estado y que éste omniscientemente proveyera educación o reeducación-según se tercie.
6.En cuanto a los acuerdos Iglesia-Estado del 79,denuncielos,no seré yo quien se lo critique.Proclamese un estado totalmente separado de cualquier confesión,y con libertad absoluta de profesar libremente cualquiera,al estilo USA.Pero luego nos se nos quejen si la gente prefiere asociarse con los "Christian reborn" o escuchar los espirituales negros el domingo en misa,en lugar de escucahar a los predicadores y falsos profetas del prgresismo y el "estado social".... a no ser que en lo que usted este pensando sea en esa otra cosa.
7. Y lo que usted está pensando,tiene un nombre y unos apellidos.Sr.Amfortas,mejor nos lo dice abiertamente,y nos ahorramos las falsa invocaciones a las libertades y los derechos,en fin, esas molestas sutilezas....